{"id":8647,"date":"2019-06-25T17:14:33","date_gmt":"2019-06-26T00:14:33","guid":{"rendered":"https:\/\/rolamix.com\/espectaculos\/?p=8647"},"modified":"2019-06-25T17:17:58","modified_gmt":"2019-06-26T00:17:58","slug":"que-es-el-derecho-de-autor","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/rolamix.com\/espectaculos\/que-es-el-derecho-de-autor\/","title":{"rendered":"Hablemos acerca de qu\u00e9 es el Derecho de Autor"},"content":{"rendered":"<p>Si eres de esas personas que posee un talento natural para las artes, ingenio e ideas, y gustas llevarlas de la simple iniciativa a una realidad concreta, seguro eres un creador, y por lo tanto, un autor. En realidad todos somos autores de nuestras creaciones desde el primer momento en que las llevamos a cabo, sin embargo esto posee un componente moral y econ\u00f3mico que las leyes protegen. Esa protecci\u00f3n legal es de lo que se trata el Derecho de Autor.<\/p>\n<h2>El Derecho de Autor como un Derecho Humano<\/h2>\n<p>La Asamblea General de las Naciones Unidas cuando aprob\u00f3 el 10 de diciembre de 1948 la Declaraci\u00f3n Universal de los Derechos Humanos, estableci\u00f3 en el art\u00edculo 27.2 lo siguiente:\u00a0 \u201cToda persona tiene derecho a la protecci\u00f3n de los intereses morales y materiales que le corresponda por raz\u00f3n de las producciones cient\u00edficas, literarias o art\u00edsticas de que sea autora\u201d.<\/p>\n<p>Que la Declaraci\u00f3n de Derechos Humanos elevase a categor\u00eda de Derecho Fundamental al Derecho de Autor, no es una casualidad. Efectivamente el Derecho de Autor es ante todo, un Derecho inherente a la condici\u00f3n humana que posee reconocimiento integral y universal de protecci\u00f3n.<\/p>\n<p>El Derecho de Autor posee dos grandes componentes como mencion\u00e1bamos al principio, que son el componente moral, definido como intereses morales en el art\u00edculo citado, y el componente material \u2013 econ\u00f3mico \u2013 que deriva de la explotaci\u00f3n de la obra creada.<\/p>\n<p>En el Derecho de Autor el componente moral jam\u00e1s se extingue, una obra siempre ser\u00e1 de la autor\u00eda de su creador por el solo hecho de haber sido creada. En cambio el componente material o econ\u00f3mico s\u00ed posee ciertas caducidades seg\u00fan las legislaciones de los pa\u00edses, adem\u00e1s de que puede ser transferido a terceros.<\/p>\n<h2>La obra como elemento esencial del Derecho de Autor<\/h2>\n<p>El Derecho\u00a0 de Autor tiene una finalidad fundamental, que es la protecci\u00f3n de la obra creada, en favor de su autor. Debemos entender por \u201cobra\u201d a toda manifestaci\u00f3n de la creaci\u00f3n intelectual expresada con originalidad en el campo art\u00edstico, literario, musical o\u00a0 cient\u00edfico, que sea capaz de ser reproducida o divulgada mediante cualquier procedimiento conocido o por conocerse.<\/p>\n<p>Es importante destacar que la obra debe poseer caracter\u00edsticas de originalidad, y su protecci\u00f3n se extiende m\u00e1s all\u00e1 de su forma de expresi\u00f3n (verbal, escrita, visual, grabada, sonora, digital, etc), y con independencia de su g\u00e9nero (literario, musical, cient\u00edfico, inform\u00e1tico, audiovisual, etc).<\/p>\n<p>Aunque la obra permanezca in\u00e9dita, esto es, sin haberse divulgado, siempre es susceptible de protecci\u00f3n por el Derecho de Autor.<\/p>\n<p>La individualidad de la obra se basa en su condici\u00f3n de ser original, lo cual es caracter\u00edstica principal de toda obra susceptible de protecci\u00f3n por el Derecho de Autor.<\/p>\n<h2>Amplitud de la protecci\u00f3n del Derecho de Autor<\/h2>\n<p>En el Derecho de Autor no se precisa de formalismos a priori para determinar la existencia de una obra susceptible de ser protegida. La m\u00e1xima premisa en materia de Derecho de Autor es que toda obra queda bajo protecci\u00f3n del Derecho de Autor por el s\u00f3lo hecho de su creaci\u00f3n.<\/p>\n<p>La omisi\u00f3n de formalismos registrales, o declaraciones notariales o similares respecto de la creaci\u00f3n de la obra no la excluye en ning\u00fan momento del \u00e1mbito de protecci\u00f3n del Derecho de Autor, y por lo tanto al autor no se le impide el pleno goce y ejercicio de sus derechos en relaci\u00f3n a su obra.<\/p>\n<p>Esto no quiere decir que el Derecho de Autor protege a la idea de la creaci\u00f3n de una obra. Lo que se protege es la expresi\u00f3n, sea cual fuere su tipo y alcance de divulgaci\u00f3n si lo hubiere, de dicha obra.<\/p>\n<h2>El Autor como ente principal en el Derecho de Autor<\/h2>\n<p>Por \u00faltimo, un elemento indispensable del Derecho de Autor es que el autor como tal, ha de ser una persona. Toda obra tiene un autor, y ese autor es un individuo humano, que es la persona f\u00edsica que realiza la creaci\u00f3n de dicha obra.<\/p>\n<p>Al autor en su condici\u00f3n de creador se le conoce tambi\u00e9n como \u201ctitular originario\u201d de los derechos sobre la obra, especialmente en el componente moral del Derecho de Autor. Personas distintas del creador pueden ser a su vez \u201ctitulares derivados\u201d del Derecho de Autor, pero s\u00f3lo en su componente patrimonial o econ\u00f3mico, el cual es susceptible de ser cedido a terceros.<\/p>\n<p>El componente moral trata de todos los elementos no patrimoniales del autor en relaci\u00f3n a su obra (elementos afectivos yd e vinculaci\u00f3n emocional, derecho a la divulgaci\u00f3n, derecho a la paternidad de la obra, derecho a la integridad de la obra, entre otros), en tanto que el componente patrimonial toca con lo relativo a la explotaci\u00f3n de la obra, y contempla la exclusividad del autor de autorizar o no la utilizaci\u00f3n de su obra por cualquier medio o procedimiento.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Si eres de esas personas que posee un talento natural para las artes, ingenio e ideas, y gustas llevarlas de la simple iniciativa a una realidad concreta, seguro eres un creador, y por lo tanto, un autor. En realidad todos somos autores de nuestras creaciones desde el primer momento en que las llevamos a cabo, [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":8649,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[196],"tags":[],"class_list":["post-8647","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-articulos-2"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/rolamix.com\/espectaculos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8647","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/rolamix.com\/espectaculos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/rolamix.com\/espectaculos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/rolamix.com\/espectaculos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/rolamix.com\/espectaculos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=8647"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/rolamix.com\/espectaculos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8647\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/rolamix.com\/espectaculos\/wp-json\/wp\/v2\/media\/8649"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/rolamix.com\/espectaculos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=8647"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/rolamix.com\/espectaculos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=8647"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/rolamix.com\/espectaculos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=8647"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}